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Legislación › Ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre drogas, para la prevención, asistencia e integración social.

Artículo 33. Consejo Asesor Regional de Drogodependencias.

Artículo 33. Consejo Asesor Regional de Drogodependencias.

1. El Consejo Asesor Regional de Drogodependencias, adscrito a la Consejería de Sanidad y Política Social, a través del órgano que tenga atribuida la competencia de planificación sanitaria, será el máximo órgano de participación y consulta en materia de drogas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2. Su composición y funciones se establecerán mediante Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 35.2 de esta Ley.

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