Legislación › Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid.
Artículo 19. Procedimiento.
Artículo 19. Procedimiento.
El procedimiento para la realización de las comunicaciones en materia de actividades feriales se establecerá reglamentariamente.
Se modifica por el art. 1.4 de la Ley 1/2008, de 26 de junio. BOE-A-2008-15147.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de julio de 2008 En vigor | BOE-A-2008-15147 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 1997 | Texto original | Leer |


