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Legislación › Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 19. Procedimiento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de julio de 1997 y la del 12 de julio de 2008. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 19. Procedimiento.
El procedimiento para solicitar la autorización realización de las comunicaciones en materia de actividades feriales se establecerá reglamentariamente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de julio de 2008 En vigor BOE-A-2008-15147 Leer Qué cambió
7 de julio de 1997 Texto original Leer

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