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Legislación › Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3.

Artículo 3.

Corresponde a la Comunidad de Madrid otorgar la denominación correspondiente de acuerdo con el artículo anterior y conforme se determine reglamentariamente.

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