LexTotal

Legislación › Ley 5/1999, de 24 de marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria.

Artículo 3. Empresas turísticas.

Artículo 3. Empresas turísticas.

Son empresas turísticas aquellas personas físicas, jurídicas o entidades que, mediante precio, de modo permanente o temporal, prestan servicios en el ámbito de la actividad turística.

En particular:

a) Empresas de alojamiento turístico.

b) Empresas de intermediación, organización, publicidad y comercialización de servicios o productos turísticos.

c) Empresas de turismo activo y ecoturismo.

d) Empresas de restauración.

e) Aquellas otras que desempeñen actividades relacionadas con el turismo y que reglamentariamente se califiquen como tales.

Se modifica por el art. 18.2 de la Ley 11/2021, de 23 de diciembre. BOE-A-2022-2180

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-2180 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-685 Leer Qué cambió
26 de marzo de 1999 Texto original Leer

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →