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Legislación › Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro.

Artículo 18. Cómputos.

Artículo 18. Cómputos.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre. BOE-A-2009-18358

Se añade por el art. 3.1 del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero. BOE-A-2003-4151

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de noviembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-18358 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2003 BOE-A-2003-4151 Leer

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