LexTotal

Legislación › Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias.

Artículo 67.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de abril de 1999 y la del 22 de febrero de 2019. Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 67.
La ordenación ordenación, prevención y la gestión de los residuos se establecerá a través del Plan Director Sectorial tiene que establecer mediante los planes directores sectoriales de Gestión prevención y gestión de Residuos residuos no peligrosos, de las Illes Balears. ámbito insular, y el plan director sectorial de prevención y gestión de residuos peligrosos, de ámbito autonómico.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-5577 Leer Qué cambió
18 de abril de 1999 Texto original Leer

← Artículo 66 Índice Artículo 68 →