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Legislación › Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias.

Artículo 68.

Artículo 68.

Para la redacción de los planes directores sectoriales de prevención y gestión de residuos se deberán tener en cuenta los principios y criterios establecidos en la Ley de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.

Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero. BOE-A-2019-5577

Redacciones de este artículo

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22 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-5577 Leer Qué cambió
18 de abril de 1999 Texto original Leer

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