LexTotal

Legislación › Ley 5/1999, de 30 de marzo, de fomento del libro y la lectura de la Comunidad de Madrid.

Artículo 15. Inspección.

Artículo 15. Inspección.

1. La Consejería de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, realizará funciones inspectoras en materia de Depósito Legal.

2. Los funcionarios designados para las labores de inspección gozarán de la condición de autoridad en el ejercicio de tales funciones a todos los efectos.

← Artículo 14 Índice Artículo 16 →