Legislación › Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.
Artículo 40. Objeto.
Artículo 40. Objeto.
El Plan General de Ordenación Urbana tiene por objeto establecer la ordenación general para todo el término municipal. Asimismo podrá establecer la ordenación detallada en las unidades urbanas y sectores del término municipal donde resulte conveniente.
Se modifica por el art. 24.1 de la Ley 7/2014, de 12 de septiembre. BOE-A-2014-9961.
Se modifica por el art. 3.12 de la Ley 4/2008, de 15 de septiembre. BOE-A-2008-16156.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de octubre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-9961 | Leer | Qué cambió |
| 19 de septiembre de 2008 | BOE-A-2008-16156 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 1999 | Texto original | Leer |


