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Legislación › Orden de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el capítulo I del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional.

Artículo 6. Convocatoria de las pruebas.

Artículo 6. Convocatoria de las pruebas.

(Derogado)

Téngase en cuenta que este artículo, derogado por la disposición derogatoria única.7 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, BOE-A-2019-2289, se continuará aplicando en la realización de los exámenes para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2022, según establece la disposición transitoria 5 del citado Real Decreto, en la redacción dada por la disposición final 7 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio. BOE-A-2020-7432

Redacción anterior:

"La convocatoria de las pruebas, que se publicará en el «Boletín Oficial» correspondiente, deberá efectuarse, al menos, con un mes de antelación a la realización del primer ejercicio, abriendo un plazo de inscripción no inferior a quince días."

Se deroga por la disposición derogatoria única.7 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero. BOE-A-2019-2289

Téngase en cuenta que este artículo se continuará aplicando en la realización de los exámenes para la obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2022, según establece la disposición transitoria 5 del citado Real Decreto, en la redacción dada por la disposición final 7 del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio. BOE-A-2020-7432

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de febrero de 2019 En vigor BOE-A-2019-2289 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 1999 Texto original Leer

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