Legislación › Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica.
Artículo 43. Autorizaciones.
Artículo 43. Autorizaciones.
La Consellería de Sanidad y Servicios Sociales establecerá reglamentariamente los requisitos exigidos para la autorización de apertura, acreditación, requisitos técnicos de funcionamiento y recursos materiales y humanos de las unidades de dosificación de medicamentos.


