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Legislación › Ley 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica.

Artículo 43. Autorizaciones.

Artículo 43. Autorizaciones.

La Consellería de Sanidad y Servicios Sociales establecerá reglamentariamente los requisitos exigidos para la autorización de apertura, acreditación, requisitos técnicos de funcionamiento y recursos materiales y humanos de las unidades de dosificación de medicamentos.

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