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Real Decreto 1032/1999, de 18 de junio, por el que se determinan las normas de seguridad a cumplir por los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros.
En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 1 de julio de 1999 · Último cambio el 1 de junio de 2007 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Disposiciones generales.
- Artículo 4. Disposiciones específicas, exenciones y equivalencias.
- Artículo 5. Normas de diseño, construcción y mantenimiento.
- Artículo 6. Reconocimientos.
- Artículo 7. Criterios de inspección.
- Artículo 8. Régimen sancionador.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V


