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Legislación › Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre sociedades anónimas deportivas.

Artículo 6. Desembolso y representación del capital.

Artículo 6. Desembolso y representación del capital.

1. El capital mínimo de las sociedades anónimas deportivas habrá de desembolsarse totalmente y mediante aportaciones dinerarias.

2. El capital de las sociedades anónimas deportivas estará representado por acciones nominativas. Dichas acciones podrán representarse por medio de títulos o por anotaciones en cuenta, si bien, en caso de ser admitidas a negociación en alguna Bolsa de Valores, deberán estar representadas por medio de anotaciones en cuenta.

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