Legislación › Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
Artículo 28. El vicepresidente.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de junio de 1999 y la del 16 de mayo de 2019.
Tachado: lo que se quitó (46 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras).
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Artículo 28. El Vicepresidente. Sustitución del Presidente.
1. El Vicepresidente de la Cámara de Cuentas será nombrado por el Presidente de la Cámara En caso de Cuentas, a propuesta vacante o ausencia del Consejo. El nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». Presidente ejercerá sus funciones el
2. El Vicepresidente cesa encargo si pierde la condición Consejero de Consejero. mayor antigüedad o edad, por este orden.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-10766 | Leer | Qué cambió |
| 16 de mayo de 2019 | BOE-A-2019-10101 | Leer | Qué cambió |
| 13 de junio de 1999 | Texto original | Leer |


