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Legislación › Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.

Artículo 26. Objetivos.

Artículo 26. Objetivos.

Son objetivos de los PORN los siguientes:

a) Definir y señalar el estado de conservación de los recursos y ecosistemas en el ámbito territorial de que se trate.

b) Determinar las limitaciones que deban establecerse a la vista del estado de conservación.

c) Señalar los regímenes de protección que procedan.

d) Promover la aplicación de medidas de conservación, restauración y mejora de los recursos naturales que lo precisen.

e) Formular los criterios orientadores de las políticas sectoriales, y ordenadores de las actividades económicas y sociales, públicas y privadas, para que sean compatibles con las exigencias señaladas.

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