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Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.
En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 28 de julio de 1999 · Último cambio el 26 de marzo de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones y siglas. 3 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 3. Principios generales.
- Artículo 4. Utilidad pública e interés social.
- Artículo 5. Limitaciones indemnizables.
- Artículo 6. Atribución de competencias.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 7. Demandas ambientales en la planificación hidrológica.
- Artículo 8. Régimen de caudales ecológicos, pasos y barreras.
- Artículo 9. Autorización de actuaciones que supongan daño a los ecosistemas acuáticos.
- Artículo 10. Integración con el planeamiento urbanístico.
- Artículo 11. Coordinación para la autorización de actividades mineras.
- Artículo 12. Aprovechamientos mineros en áreas protegidas.
- Artículo 13. Autorización de instalaciones industriales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Programas agroambientales y orientaciones zonales de las prácticas agrarias.
- Artículo 15. Descuajes y roturaciones que afecten a recursos naturales protegidos.
- Artículo 16. Autorización de explotaciones agrarias que puedan afectar a ecosistemas acuáticos.
- Artículo 17. Actuaciones de conservación o restauración de recursos naturales sobre vías pecuarias.
- Artículo 18. Consideraciones ambientales en la concentración parcelaria.
- Artículo 19. Principios generales aplicables a la gestión forestal.
- Artículo 20. Convenios de conservación forestal.
- Artículo 21. Integración de la planificación cinegética y pesquera. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 22. Supuestos particulares de responsabilidad por daños a especies amenazadas. 4 redacciones · cambió el 26/03/2018
- CAPÍTULO III
- Artículo 23. Regulación de la actividad de empresas de turismo en la naturaleza.
- Artículo 24. Normas de aplicación para el uso recreativo y otras formas de uso público no consuntivo del medio natural.
- TÍTULO II
- Artículo 25. Planes de Ordenación de los Recursos Naturales: Definición.
- Artículo 26. Objetivos.
- Artículo 27. Contenido.
- Artículo 28. Efectos de los PORN.
- Artículo 29. Procedimiento de aprobación y modificación.
- Artículo 30. Protección preventiva.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 31. Principio general.
- Artículo 32. Procedimiento.
- Artículo 33. Procedimiento de urgencia.
- Artículo 34. Declaración.
- Artículo 35. Tanteo y retracto.
- Artículo 36. Establecimiento de servidumbres.
- Artículo 37. Empleo de la denominación.
- Artículo 38. Director-Conservador.
- Artículo 39. Anulación del régimen de protección.
- Sección 2
- Artículo 40. Categorías de espacios naturales protegidos.
- Artículo 41. Parques naturales.
- Artículo 42. Reservas naturales.
- Artículo 43. Microrreservas.
- Artículo 44. Reservas fluviales.
- Artículo 45. Monumentos naturales.
- Artículo 46. Paisajes protegidos.
- Artículo 47. Parajes naturales.
- Artículo 48. Zonas periféricas de protección.
- Sección 3
- Artículo 49. Principio general.
- Artículo 50. Tipos de planes y contenido.
- Artículo 51. Clasificación general de los usos.
- Artículo 52. Procedimiento de aprobación o modificación.
- Artículo 53. Relación con el planeamiento del suelo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 54. Zonas sensibles. Definición. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 54 bis. Declaración de refugio de fauna.
- Artículo 55. Zonas sensibles designadas para la aplicación de Directivas comunitarias. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 56. Régimen de evaluación de actividades en Zonas Sensibles. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 57. Competencia del Consejo de Gobierno. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 58. Planes de gestión de Zonas Sensibles. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 59. Excepciones al régimen de evaluación. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- CAPÍTULO III
- Artículo 60. Definición.
- Artículo 61. Áreas naturales a incluir en la Red.
- Artículo 62. Criterios para la gestión de la Red.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 63. Principios generales. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 64. Régimen general de protección. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 65. Supuestos de excepción al régimen general. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 66. Autorizaciones excepcionales. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 67. Medidas de prevención y evitación de daños a la agricultura y ganadería.
- Artículo 68. Especies de aprovechamiento regulado o prohibido.
- Artículo 69. Situaciones excepcionales de riesgo para la fauna y la flora.
- Artículo 69 bis. Medidas de protección sanitaria.
- Artículo 70. Normas técnicas sectoriales.
- Artículo 71. Tenencia, cría en cautividad y comercio de especies exóticas. 3 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 72. Protección de las especies autóctonas frente a las exóticas.
- Artículo 73. Preservación de la pureza genética.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 74. Catálogo Regional de Especies Amenazadas.
- Artículo 75. Categorías de especies amenazadas.
- Artículo 76. Procedimiento de catalogación.
- Sección 2
- Artículo 77. Prohibiciones en relación con las especies amenazadas. 2 redacciones · cambió el 05/04/2007
- Artículo 78. Toma de imágenes o sonidos de especies amenazadas en sus áreas sensibles.
- Artículo 79. Denegación de solicitudes de información sensible.
- Artículo 80. Casos especiales de tenencia de especies de flora amenazada.
- Artículo 81. Tenencia de ejemplares de fauna amenazada.
- Artículo 82. Regulación de la reproducción en cautividad de fauna amenazada. 2 redacciones · cambió el 31/03/2011
- Artículo 83. Comercialización de ejemplares de especies amenazadas.
- Artículo 84. Centros de manejo de especies amenazadas.
- Artículo 85. Apropiación de cadáveres o restos de fauna amenazada.
- Sección 3
- Artículo 86. Tipos de planes de conservación de especies amenazadas.
- Artículo 87. Contenido.
- Artículo 88. Procedimiento de aprobación y efectos.
- Artículo 89. Planes de reintroducción de especies extinguidas.
- Artículo 90. Programas y comisiones técnicas de seguimiento de las especies amenazadas.
- TÍTULO V
- Artículo 91. Catálogo de hábitats y elementos geomorfológicos de protección especial.
- Artículo 92. Caracterización y delimitación de los hábitats y elementos catalogados.
- Artículo 93. Efectos en estudios de impacto y normas de planeamiento.
- Artículo 94. Limitaciones.
- Artículo 95. Planes de conservación.
- TÍTULO VI
- Artículo 96. Consejo Asesor de Medio Ambiente.
- Artículo 97. Juntas rectoras.
- Artículo 98. Funciones de las juntas rectoras.
- Artículo 99. Áreas de influencia socioeconómica en espacios naturales protegidos.
- Artículo 100. Educación ambiental.
- Artículo 101. Asociaciones cuyo objeto sea la conservación de la naturaleza.
- Artículo 102. Voluntariado.
- Artículo 103. Investigación.
- Artículo 104. Convenios de conservación.
- Artículo 105. Zonas sensibles de protección concertada.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 106. Vigilancia e inspección.
- CAPÍTULO II
- Artículo 107. Tipificación de las infracciones. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 108. Infracciones muy graves.
- Artículo 109. Infracciones graves. 3 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 110. Infracciones menos graves. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 111. Infracciones leves. 3 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 111 bis. Tipificación de infracciones y de sanciones en Parques Nacionales.
- Artículo 112. Responsabilidad en la comisión de infracciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 113. Sanciones. 3 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 114. Medidas adicionales. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 115. Sanción de infracciones concurrentes.
- Artículo 116. Graduación de las sanciones.
- Artículo 117. Decomisos.
- Artículo 118. Reparación del daño causado.
- Artículo 119. Valoración de los daños y perjuicios.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 120. Medidas cautelares.
- Artículo 121. Prejudicialidad del orden penal.
- Artículo 122. Competencia para imponer sanciones.
- Artículo 122 bis. Competencia sancionadora en materia de Parques Nacionales.
- Artículo 123. Bonificación por pronto pago.
- Artículo 124. Multas coercitivas.
- Artículo 125. Prescripción de las infracciones. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 126. Prescripción de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Artículo 127. Registro de infractores.
- Artículo 128. Plazo.
- TÍTULO VIII
- Artículo 129. Integración de los Parques Nacionales en la Red Regional de Áreas Protegidas.
- Artículo 130. Propuestas de nueva declaración o de ampliación de los Parques Nacionales.
- Artículo 131. Plan Rector de Uso y Gestión de Parques Nacionales.
- Artículo 132. Contenido.
- Artículo 133. Procedimiento de aprobación.
- Artículo 134. Vigencia y revisión.
- Artículo 135. Efectos sobre el urbanismo.
- Artículo 136. Desarrollo.
- Artículo 137. Autorización de usos y actividades en ausencia de Plan Rector de Uso y Gestión.
- Disposición adicional primera. Creación del Cuerpo de Agentes Medioambientales. 3 redacciones · cambió el 22/03/2011
- Disposición adicional segunda. Integración de la Guardería Forestal. 2 redacciones · cambió el 22/03/2011
- Disposición adicional tercera. Régimen económico.
- Disposición adicional cuarta. Ley de Conservación de Suelos y Protección de las Cubiertas Vegetales Naturales.
- Disposición adicional quinta. Ley de Caza de Castilla-La Mancha. 2 redacciones · cambió el 12/03/2015
- Disposición adicional sexta. Régimen de autorizaciones.
- Disposición adicional séptima. Acceso a la información.
- Disposición adicional octava. Plan de Conservación del Medio Natural.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Facultad del Consejo de Gobierno para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEJO 1
- ANEJO 2


