Legislación › Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.
Artículo 42. Reservas naturales.
Artículo 42. Reservas naturales.
Las reservas naturales son espacios naturales cuya creación tiene por finalidad la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos que, por su rareza, fragilidad, importancia o singularidad merecen una valoración especial.


