Legislación › Real Decreto 1201/1999, de 9 de julio, por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas.
ANEXO III
ANEXO III
Lista de vegetales muy sensibles al fuego bacteriano cuyas plantaciones no serán indemnizables sin han sido efectuadas con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto
(Suprimido)
Se suprime por el art. único.11 del Real Decreto 1512/2005, de 22 de diciembre. BOE-A-2005-21533
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2005 En vigor | BOE-A-2005-21533 | Leer | Qué cambió |
| 4 de agosto de 1999 | Texto original | Leer |


