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Orden de 30 de septiembre de 1999 por la que se aprueba el Reglamento del Consejo de Obras Públicas.

En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 7 de octubre de 1999 · Último cambio el 7 de octubre de 1999 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. Artículo único.
  4. Disposición adicional.
  5. Disposición derogatoria.
  6. Disposición final.
  7. Firma
  8. ANEXO
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 1. Naturaleza del Consejo.
  11. Artículo 2. Adscripción.
  12. Artículo 3. Funciones.
  13. Artículo 4. Competencias.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 5. Estructura orgánica.
  16. Artículo 6. Designación del Presidente.
  17. Artículo 7. Composición del Consejo.
  18. Artículo 8. Secciones del Consejo.
  19. Artículo 9. Designación del Secretario.
  20. Artículo 10. Régimen jurídico del Presidente y los Consejeros.
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 11. Competencias del Pleno y de las Secciones.
  23. Artículo 12. Competencias del Presidente.
  24. Artículo 13. Competencias de los Presidentes de Sección.
  25. Artículo 14. Competencias del Secretario.
  26. CAPÍTULO IV
  27. Artículo 15. Régimen jurídico.
  28. Artículo 16. Consultas y peticiones de informe.
  29. Artículo 17. Emisión de informes.
  30. Artículo 18. Documentación preceptiva.
  31. Artículo 19. Información complementaria.
  32. Artículo 20. Comunicación de las resoluciones.
  33. Artículo 21. Deber de informar del Consejo.
  34. Artículo 22. Dictámenes del Pleno.
  35. Artículo 23. Dictámenes de las Secciones.
  36. Artículo 24. Procedimiento de actuación de las Secciones.
  37. Artículo 25. Ponencias extraordinarias.
  38. Artículo 26. Elaboración de los dictámenes.
  39. Artículo 27. Plazo y orden para la emisión de informes.
  40. Artículo 28. Interpretación del Reglamento.