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Orden de 30 de septiembre de 1999 por la que se aprueba el Reglamento del Consejo de Obras Públicas.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 7 de octubre de 1999 · Último cambio el 7 de octubre de 1999 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único.
- Disposición adicional.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
- Firma
- ANEXO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza del Consejo.
- Artículo 2. Adscripción.
- Artículo 3. Funciones.
- Artículo 4. Competencias.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Estructura orgánica.
- Artículo 6. Designación del Presidente.
- Artículo 7. Composición del Consejo.
- Artículo 8. Secciones del Consejo.
- Artículo 9. Designación del Secretario.
- Artículo 10. Régimen jurídico del Presidente y los Consejeros.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Competencias del Pleno y de las Secciones.
- Artículo 12. Competencias del Presidente.
- Artículo 13. Competencias de los Presidentes de Sección.
- Artículo 14. Competencias del Secretario.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Régimen jurídico.
- Artículo 16. Consultas y peticiones de informe.
- Artículo 17. Emisión de informes.
- Artículo 18. Documentación preceptiva.
- Artículo 19. Información complementaria.
- Artículo 20. Comunicación de las resoluciones.
- Artículo 21. Deber de informar del Consejo.
- Artículo 22. Dictámenes del Pleno.
- Artículo 23. Dictámenes de las Secciones.
- Artículo 24. Procedimiento de actuación de las Secciones.
- Artículo 25. Ponencias extraordinarias.
- Artículo 26. Elaboración de los dictámenes.
- Artículo 27. Plazo y orden para la emisión de informes.
- Artículo 28. Interpretación del Reglamento.


