Legislación › Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
Artículo 3. Juramento o promesa ante la Bandera de España.
Artículo 3. Juramento o promesa ante la Bandera de España.
Para adquirir la condición de Guardia Civil será necesario prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.
El juramento o promesa se realizará ante la Bandera asumiendo el compromiso de defender a España y de proteger el ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos.
Se modifica por la disposición adicional 4.1 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre. BOE-A-2007-18391.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de noviembre de 2007 En vigor | BOE-A-2007-18391 | Leer | Qué cambió |
| 27 de noviembre de 1999 | Texto original | Leer |


