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Legislación › Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica básica y funciones, y se transforma el Organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado.

Artículo 12. Nombramiento y cese.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de enero de 1999 y la del 1 de diciembre de 2012. Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 12. Nombramiento y cese.
El Director general del Parque Móvil del Estado es nombrado y separado mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda.
Su nombramiento habrá de efectuarse con los criterios establecidos en el artículo 18.2 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
En caso de ausencia, vacante vacante, ausencia o enfermedad, el Director general General será sustituido por en los Subdirectores generales, siguiendo el orden establecido términos previstos en el artículo 14 del presente Real Decreto. 14.2.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de diciembre de 2012 En vigor BOE-A-2012-14647 Leer Qué cambió
31 de enero de 1999 Texto original Leer

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