Legislación › Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia.
Artículo 11. Organismos autónomos.
Artículo 11. Organismos autónomos.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria.1 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre. BOE-A-2011-2544.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-2544 | Leer | Qué cambió |
| 6 de noviembre de 1999 | Texto original | Leer |


