Legislación › Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia.
Disposición adicional quinta. Agencias públicas autonómicas.
Disposición adicional quinta. Agencias públicas autonómicas.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria.1 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre. BOE-A-2011-2544.
Se añade por la disposición final 1 de la Ley 16/2007, de 26 de diciembre. BOE-A-2008-2988.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el DOGA núm. 43, de 29 de febrero de 2008.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-2544 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | BOE-A-2008-2988 | Leer |
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