Legislación › Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas.
Artículo 9. Organización del Registro.
Artículo 9. Organización del Registro.
Se crea un Registro de Actividades y Sujetos Obligados, dependiente de la ANPAQ.
El Registro tendrá por objeto la inscripción de la información relativa a las actividades industriales, comerciales, investigadoras y de seguridad afectadas por la Convención, así como la referida a los sujetos obligados por esta Ley, que fuera necesaria para el ejercicio de las competencias atribuidas a la ANPAQ y para colaborar con la OPAQ. La inscripción se realizará de oficio por la ANPAQ.


