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Legislación › Ley 49/1999, de 20 de diciembre, sobre medidas de control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas.

Disposición final segunda. Sustancias químicas de la lista 3.

Disposición final segunda. Sustancias químicas de la lista 3.

El Gobierno, mediante Real Decreto, podrá someter a autorización las operaciones comerciales y las cesiones relativas a las sustancias químicas incluidas en la lista 3 del anexo sobre sustancias químicas de la Convención, en el caso de que se adopte el correspondiente acuerdo en el marco de dicha Convención.

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