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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 103 novovicies. Cuantía.

Artículo 103 novovicies. Cuantía.

La tasa se exige de acuerdo con las tarifas siguientes:

1. Inscripción en la fase de asesoramiento: 5,00 euros.

2. Inscripción en la fase de evaluación y acreditación: 2,50 euros por unidad de competencia.

Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre de 2022. BOE-A-2023-2980

Se añade por la disposición final 4.4 de la Ley 9/2009, de 21 de diciembre. BOE-A-2010-1401

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-2980 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2010-1401 Leer

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