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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 388 quater. Tasa por los servicios de supervisión de los planes de gestión de residuos sanitarios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2007. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 388 quater. Tasa por los servicios de inscripción y anotación en el Registro de Entidades Formadoras de Manipuladores de Alimentos.
1. Hecho imponible.
Constituyen el hecho imponible de la tasa las inscripciones o anotaciones registrales, realizadas por la consejería competente en materia de salud, de las empresas y entidades formadoras de manipuladores de alimentos en el Registro de Entidades Formadoras de Manipuladores de Alimentos de las Illes Balears (REFIB), a fin de dar cumplimiento al Decreto 3/2003, de 10 de enero.
2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas, jurídicas o entidades del artículo 36 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, a las que se presten los servicios a que se refiere el hecho imponible.
3. Cuantía.
La cuota tributaria de esta tasa se fija de acuerdo con las tarifas siguientes:
1. Inscripción inicial en el Registro de Entidades Formadoras de Manipuladores de Alimentos de las Illes Balears (REFIB): 212,22 euros.
2. Convalidación en el Registro de Entidades Formadoras de Manipuladores de Alimentos de las Illes Balears (REFIB): 212,22 euros
3. Cambio de domicilio: 90,08 euros
4. Baja de inscripción: 90,08 euros
4.
Devengo y pago.
La tasa se devenga cuando se presta el servicio o la actividad que constituye el hecho imponible. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, que deberá ingresarse en el mismo momento de su devengo. No obstante, por los servicios prestados a instancia de parte, deberá depositarse previamente su importe en el momento de solicitar el servicio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1059 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-2272 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-4374 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-953 Leer

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