Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 388 unvicies. Cuantía y bonificaciones.
Artículo 388 unvicies. Cuantía y bonificaciones.
1. La cuota tributaria de la presente tasa se determinará de acuerdo con las siguientes tarifas:
|
|
Concepto |
Euros |
|---|---|---|
|
1 |
Solicitud de informe sobre reforma o nueva construcción de instalaciones de agua de consumo humano. |
150,93 |
|
2 |
Solicitud de supervisión de la puesta en funcionamiento de las instalaciones. |
150,93 |
|
3 |
Solicitud de informe sobre cisternas o depósitos móviles. |
107,18 |
|
4 |
Declaración responsable de inicio de actividad de una entidad gestora de agua de consumo humano. |
169,53 |
|
5 |
Declaración responsable de cambio de titularidad. |
11,19 |
|
6 |
Declaración responsable de ampliación de actividad. |
132,87 |
|
7 |
Declaración responsable de ampliación de instalaciones. |
122,60 |
|
8 |
Declaración responsable de cambio de domicilio industrial. |
7,77 |
|
9 |
Solicitud de autorización para reducir la frecuencia analítica. |
47,12 |
|
10 |
Solicitud de autorización de situación de excepción temporal de determinados valores paramétricos. |
70,72 |
|
11 |
Costes derivados de las actividades adicionales de control oficial. |
112,34 |
2. Se aplicará una bonificación del 100% a la cuota tributaria cuando se verifiquen los conceptos a que se refieren los puntos 4 y 6 del apartado 1 del presente artículo. En este caso no será necesario presentar la correspondiente declaración tributaria.
Se modifica por la disposición final 1.32 de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre. BOE-A-2015-1059
Se añade por la disposición final 4.17 de la Ley 9/2009, de 21 de diciembre. BOE-A-2010-1401
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-1059 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-1401 | Leer |


