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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 367. Cuantía.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2012 y la del 1 de enero de 2015. Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (122 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 367. Cuantía.
1. La cuota tributaria de la presente tasa se determinará de acuerdo con las siguientes tarifas:
·
Concepto
·
Euros
·
1
·
Diligencia del libro-registro libro registro para la anotación de las mediciones diarias de agua: 19,76 euros. agua y autocontrol.
2. (Suprimido) ·
3. Para la expedición de cada carnet 21,61
·
2
·
Expedición del carné
de socorrista de piscinas: 4 euros. piscinas.
4. Para la expedición de cada carnet ·
4,37
·
3
·
Expedición del carné
de mantenimiento de piscinas: piscinas.
·
4,37
·
4 euros.
5. ·
Solicitud de autorización para impartir formación al personal socorrista de piscinas: 168 euros. piscinas.
6. ·
183,75
·
5
·
Solicitud para impartir formación al personal de mantenimiento de piscinas: 168 euros. piscinas.
7. (Suprimido) ·
8. Por la gestión 183,75
·
6
·
Gestión
de cada un curso de formación finalizado: 48 euros. finalizado.
9. ·
52,50
·
7
·
Solicitud de convalidación de la formación: 39 euros. formación.
10. ·
42,65
·
8
·
Solicitud de duplicado de carnet: 20 euros. carné.
·
21,88
·
9
·
Comunicación previa al funcionamiento de una piscina.
·
107,05
·
10
·
Comunicación de cambio de explotador de una piscina.
·
7,77
·
11
·
Comunicación de modificación de relación de profesorado del curso de formación.
·
11,19
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1059 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-2272 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2010-1401 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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