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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 62. Devengo y pago.

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Artículo 62. Devengo. Devengo y pago.
1. La tasa se devenga devengará en el momento de la solicitud de la inscripción. No obstante, el ingreso del importe pago de la tasa será previo a la presentación de la solicitud de inscripción.
2. El importe
inscripción, mediante autoliquidación, en los impresos habilitados al efecto, y ha de la tasa será devuelto realizarse su ingreso en el caso que cualquier entidad bancaria autorizada.
2. A
la persona interesada sea excluida de las pruebas selectivas convocadas. La solicitud de devolución debe presentarse en la consejería competente en materia inscripción ha de función pública adjuntarse, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al todo caso, una copia de la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears autoliquidación de la relación definitiva de los aspirantes excluidos. En el caso de las pruebas selectivas para seleccionar tasa, previamente ingresada.
3. Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo la actividad que constituye
el personal funcionario con habilitación de carácter estatal del ámbito territorial hecho imponible de las Illes Balears, la solicitud de devolución debe presentarse en tasa no se realice, procederá la consejería competente en materia de personal funcionario con habilitación de carácter estatal en el plazo de veinte días naturales, contados a partir devolución del día siguiente al correspondiente importe. Por tanto, no procederá ninguna devolución de la publicación tasa en el Butlletí Oficial los supuestos de les Illes Balears exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a la relación definitiva de los aspirantes excluidos. persona interesada.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-631 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-1315 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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