LexTotal

Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 63. Hecho imponible.

Artículo 63. Hecho imponible.

(Sin contenido)

Se deja sin contenido por la disposición final 1.2 de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre. BOE-A-2019-996

Se modifica por la disposición final 4.5 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2014-656

Se modifica por la disposición final 5.1 de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-631

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-996 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-656 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-631 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

← Artículo 62 Índice Artículos 63 a 66 →