Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 82. Cuantía.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2009 y la del 1 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (35 palabras). Subrayado: lo que se añadió (92 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 82. Cuantía.
Conceptos 1. La tasa se exige teniendo en cuenta los siguientes conceptos:
·
Euros
·
Tarifa a) Tasa de matrícula para las convocatorias ordinarias y extraordinarias de la Dirección General de Política Lingüística los niveles A2, B1 y B2: 15,50 euros.
·
12,50
·
Tarifa b) Tasa de matrícula para las pruebas convocatorias ordinarias y extraordinarias de los niveles C1, C2 y E: 22,00 euros.
2. Tienen derecho a una bonificación del Tribunal Permanente 50% del Certificado A. importe de la tasa:
·
12,50
·
a) Los sujetos pasivos que acrediten estar en posesión del Carnet Carné Joven Europeo tienen derecho a Europeo.
b) Las personas que están en situación de desempleo.
c) Las personas reclusas en un centro penitenciario.
d) Las que perciben una bonificación del 50% del importe pensión pública.
e) Las que pertenecen a familias numerosas.
f) Las que tienen un grado de la tasa. discapacidad igual o superior al 33%.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-850 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2017-558 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2016-824 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2012 | BOE-A-2012-2272 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-1315 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-953 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2003-1270 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | BOE-A-2001-2481 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 1998 | Texto original | Leer |


