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Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Artículo 98. Cuantía.

Artículo 98. Cuantía.

La tasa se exige de acuerdo con las siguientes tarifas:

1. Bachillerato: expedición del título de bachillerato: 57,09 euros.

2. Formación profesional (sistema educativo):

– Expedición del título de técnico: 27,02 euros.

– Expedición del título de técnico superior: 66,34 euros.

– Expedición del título de especialista: 27,02 euros.

– Expedición del título de máster de formación profesional: 66,34 euros.

3. Enseñanzas de régimen especial:

3.1 Enseñanzas de idiomas:

Certificado oficial que acredita la superación de un nivel: 8,00 euros.

Certificación oficial del conocimiento de las lenguas por el alumnado que ha cursado enseñanzas de educación secundaria o de formación profesional: 8,00 euros.

Certificado de aptitud de un idioma (enseñanzas anteriores a la LOE): 27,47 euros.

3.2 Enseñanzas artísticas:

3.2.1 Enseñanzas profesionales de artes plásticas y de diseño:

Expedición del título de técnico: 23,24 euros.

Expedición del título de técnico superior: 57,09 euros.

3.2.2 Estudios superiores de artes plásticas y de diseño:

Expedición del título superior de diseño, en la especialidad que corresponda, o expedición del título de Máster en Enseñanzas Artísticas: 67,58 €.

Expedición de un certificado supletorio al título: 36,74 €.

Expedición del suplemento europeo al título (enseñanzas anteriores a la LOE): 36,74 €.

3.2.3 Enseñanzas de música, danza y arte dramático:

Expedición del diploma correspondiente a las enseñanzas elementales de música o danza: 8,95 €.

Expedición del título correspondiente a las enseñanzas profesionales de música o danza: 104,41 €.

Expedición del título correspondiente a las enseñanzas superiores de música, de danza o de arte dramático: 173,13 €.

3.3 Enseñanzas deportivas:

Expedición del título de técnico deportivo en la modalidad o especialidad correspondiente: 23,24 euros.

Expedición del título de técnico deportivo superior en la modalidad o especialidad correspondiente: 57,09 euros.

4. Reexpedición de cualquier título, diploma o certificado oficial: 14,66 euros.

5. Expedición de títulos académicos, de diplomas o de certificados oficiales que no figuren en los apartados anteriores, que correspondan a estudios realizados de acuerdo con cualquier regulación académica anterior a la vigente y que no estén gravados por tasas de otra administración pública:

Expedición de un certificado oficial: 8,00 euros.

Expedición de un diploma: 23,24 euros.

Expedición de un título académico: 57,09 euros.

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.4 de la Ley 6/2025, de 23 de julio. BOE-A-2025-22028

Se modifican los apartados 3.2.2 y 3.2.3 por la disposición final 1.6 de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre. BOE-A-2019-996

Se modifica el apartado 3.2.2 por la disposición final 4.13 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre. BOE-A-2014-656

Se modifica por la disposición final 3.9 de la Ley 9/2008, de 19 de diciembre. BOE-A-2009-1315

Se modifica el apartado 3.1 y 4 por el art. 7 de la Ley 11/2002, de 23 de diciembre. BOE-A-2003-1270

Se modifica por el art. 14 de la Ley 16/2000, de 27 de diciembre. BOE-A-2001-2481

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2025 En vigor BOE-A-2025-22028 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2019-996 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-656 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-1315 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 BOE-A-2003-1270 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 BOE-A-2001-2481 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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