Legislación › Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Artículo 98. Cuantía.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2014 y la del 1 de enero de 2019.
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Artículo 98. Cuantía.
La tasa se exige de acuerdo con las siguientes tarifas:
1. Bachillerato: expedición del título de bachillerato: 57,09 euros.
2. Formación profesional (sistema educativo):
– Expedición del título de técnico: 23,24 euros.
– Expedición del título de técnico superior: 57,09 euros.
3. Enseñanzas de régimen especial:
3.1 Enseñanzas de idiomas:
– Certificado oficial que acredita la superación de un nivel: 8,00 euros.
– Certificación oficial del conocimiento de las lenguas por el alumnado que ha cursado enseñanzas de educación secundaria o de formación profesional: 8,00 euros.
– Certificado de aptitud de un idioma (enseñanzas anteriores a la LOE): 27,47 euros.
3.2 Enseñanzas artísticas:
3.2.1 Enseñanzas profesionales de artes plásticas y de diseño:
– Expedición del título de técnico: 23,24 euros.
– Expedición del título de técnico superior: 57,09 euros.
3.2.2 Estudios superiores de artes plásticas y de diseño diseño:
Expedición del título superior de diseño, en la especialidad que corresponda, o expedición del título de máster Máster en enseñanzas artísticas: 65,79 euros. Enseñanzas Artísticas: 67,58 €.
Expedición de un duplicado del certificado supletorio al título: 35,77 euros (más los gastos de publicación del pertinente anuncio, de haberlo). 36,74 €.
Expedición de un certificado supletorio del título (suplemento suplemento europeo del título): 35,77 euros. al título (enseñanzas anteriores a la LOE): 36,74 €.
3.2.3 Enseñanzas de música música, danza y de danza: arte dramático:
– Expedición del diploma correspondiente al grado elemental de música o de danza: 7,85 euros.
– Expedición del diploma correspondiente a las enseñanzas elementales de música o de danza: 7,85 euros. 8,95 €.
– Expedición del título correspondiente al grado medio de música o de danza: 91,65 euros.
– Expedición del título correspondiente a las enseñanzas profesionales de música o de danza: 91,65 euros. 104,41 €.
– Expedición del título correspondiente al grado superior de música o de danza: 151,97 euros.
– Expedición del título correspondiente a las enseñanzas artísticas superiores de música música, de danza o de danza: 151,97 euros. arte dramático: 173,13 €.
3.3 Enseñanzas deportivas:
– Expedición del título de técnico deportivo en la modalidad o especialidad correspondiente: 23,24 euros.
– Expedición del título de técnico deportivo superior en la modalidad o especialidad correspondiente: 57,09 euros.
4. Reexpedición de cualquier título, diploma o certificado oficial: 14,66 euros.
5. Expedición de títulos académicos, de diplomas o de certificados oficiales que no figuren en los apartados anteriores, que correspondan a estudios realizados de acuerdo con cualquier regulación académica anterior a la vigente y que no estén gravados por tasas de otra administración pública:
– Expedición de un certificado oficial: 8,00 euros.
– Expedición de un diploma: 23,24 euros.
– Expedición de un título académico: 57,09 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22028 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-996 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-656 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-1315 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2003-1270 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | BOE-A-2001-2481 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 1998 | Texto original | Leer |


