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Legislación › Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias.

Disposición transitoria tercera. Adecuación de la recogida selectiva de municipios.

Disposición transitoria tercera. Adecuación de la recogida selectiva de municipios.

La obligación de los municipios de población superior a cinco mil habitantes de implantar sistemas de recogida selectiva establecida en el artículo 31 no será exigible hasta el 1 de enero del año 2001.

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