Legislación › Ley 3/1998, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de la Región de Murcia.
Artículo 34. Naturaleza.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de julio de 1998 y la del 20 de junio de 2012.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (36 palabras).
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Artículo 34. Naturaleza.
1. La Asamblea general General es el órgano que, constituido por los representantes de los intereses sociales y colectivos del ámbito de actuación de la Caja caja de Ahorros, ahorros, y de los cuotapartícipes, en su caso, asume el supremo gobierno y decisión de la entidad.
2. Los Sin perjuicio de la representación atribuida a los cuotapartícipes con arreglo a lo previsto en el artículo 67, bis de esta ley, los demás miembros de la Asamblea general General ostentarán la denominación de Consejeros consejeros generales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de junio de 2012 En vigor | BOE-A-2013-1789 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 1998 | Texto original | Leer |


