Legislación › Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Montes.
Artículo 35. Elección del Decano-Presidente y Junta de Gobierno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de marzo de 1999 y la del 23 de diciembre de 2007.
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Artículo 35. Elección del Decano-Presidente y Junta de Gobierno.
1. El cargo de Decano-Presidente y demás miembros Los cargos de la Junta de Gobierno tendrá tendrán una duración de cuatro años y podrán ser reelegidos, con la salvedad del cargo de Decano-Presidente que no podrá ser objeto más que de una sola reelección. reelección consecutiva para el mismo cargo.
2. Cuatro de los Vocales serán presentados en la candidatura del Decano-Presidente, siendo elegidos en la misma votación que éste. Los ocho Vocales restantes serán elegidos entre las candidaturas que presentan los colegiados que aspiran a formar parte de la Junta de Gobierno, con la particularidad de que las candidaturas se presentarán con dos candidatos cada una, y que al menos una pareja debería estar compuesta por colegiados mayores de sesenta y cinco años.
3. El Decano-Presidente y los Vocales de la Junta de Gobierno serán elegidos por votación, que se desarrollará siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 36 de los presentes Estatutos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de diciembre de 2007 En vigor | BOE-A-2007-22113 | Leer | Qué cambió |
| 10 de marzo de 1999 | Texto original | Leer |


