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Real Decreto 337/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Montes.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Medio Ambiente · Publicada el 9 de marzo de 1999 · Último cambio el 28 de febrero de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Firma
- ANEXO
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza, ámbito y competencia del Colegio. 2 redacciones · cambió el 09/06/2006
- Artículo 2. Composición del Colegio.
- Artículo 3. Del libre ejercicio de la profesión.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Fines y funciones del Colegio.
- Artículo 5. Visado de los trabajos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Requisitos generales.
- Artículo 7. Pérdida de la calidad de colegiado.
- Artículo 8. Derechos.
- Artículo 9. Deberes.
- CAPÍTULO IV
- SECCIÓN 1
- Artículo 10. Órganos de Gobierno del Colegio.
- SECCIÓN 2
- Artículo 11. Carácter y composición.
- Artículo 12. Convocatoria y orden del día.
- Artículo 13. Quórum de asistencia y votaciones.
- Artículo 14. Actas de la Junta.
- Artículo 15. De la disciplina de la Junta.
- SECCIÓN 3
- Artículo 16. Composición.
- Artículo 17. Competencias.
- Artículo 18. Duración de los cargos y reuniones de la Junta.
- Artículo 19. Mesa de la Junta de Decanos Territoriales o Autonómicos.
- SECCIÓN 4
- Artículo 20. Composición y reuniones.
- Artículo 21. Asignación de cargos y sustitución.
- Artículo 22. Competencias de la Junta de Gobierno.
- Artículo 23. Mociones de censura y remoción.
- SECCIÓN 5
- Artículo 24. El Decano-Presidente.
- Artículo 25. Secretario-Tesorero.
- Artículo 26. Comisión Ejecutiva.
- SECCIÓN 6
- Artículo 27. Composición y competencias.
- SECCIÓN 7
- Artículo 28. Organización territorial.
- Artículo 29. Asambleas Territoriales o Autonómicas.
- Artículo 30. Junta Rectora Territorial o Autonómica.
- Artículo 31. Decanos Territoriales o Autonómicos.
- Artículo 32. Delegados provinciales.
- Artículo 33. Secretaría.
- SECCIÓN 8
- Artículo 34. Requisitos generales.
- Artículo 35. Elección del Decano-Presidente y Junta de Gobierno. 2 redacciones · cambió el 22/12/2007
- Artículo 36. Procedimiento electoral. 2 redacciones · cambió el 09/06/2006
- Artículo 37. Elección de Decanos Territoriales o Autonómicos.
- Artículo 38. Elección de las Juntas Rectoras Territoriales o Autonómicas.
- TÍTULO II
- Artículo 39. Recursos económicos.
- Artículo 40. Recursos económicos territoriales o autonómicos.
- Artículo 41. Presupuesto general del Colegio.
- Artículo 42. Administración, contabilidad y revisión de cuentas.
- TÍTULO III
- Artículo 43. Condiciones generales.
- TÍTULO IV
- Artículo 44. Distinciones.
- Artículo 45. Régimen disciplinario.
- Artículo 46. Faltas y sanciones disciplinarias.
- Artículo 47. Procedimiento y recursos.
- Artículo 48. Prescripciones.
- TÍTULO V
- Artículo 49. Libros de actas.
- Artículo 50. Régimen jurídico de los actos de los órganos colegiales.
- TÍTULO VI
- Artículo 51. Reglamento general.
- Artículo 52. Reforma de Estatutos.
- Artículo 53. Adaptación de los Estatutos.
- Artículo 54. Disolución del Colegio.
- Disposición transitoria primera. Límite inicial del porcentaje de los derechos de visado.
- Disposición transitoria segunda. Continuidad transitoria de las Delegaciones.
- Disposición adicional primera. Subsistencia de órganos existentes.
- Disposición adicional segunda. Plazo de constitución de la Junta de Decanos Territoriales o Autonómicos.


