Legislación › Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia.
Artículo 101. Inscripciones constitutivas.
Artículo 101. Inscripciones constitutivas.
La inscripción de los actos de constitución, modificación de los Estatutos, fusión, escisión, disolución, reactivación y liquidación de las sociedades cooperativas, así como la transformación en sociedades de esta naturaleza, será constitutiva.
Las restantes inscripciones tendrán el carácter de declarativas.


