Legislación › Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón.
Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a la tramitación de los expedientes sancionadores.
Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a la tramitación de los expedientes sancionadores.
Los expedientes sancionadores iniciados al amparo de la legislación anterior continuarán tramitándose con arreglo a la misma hasta su resolución.
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