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Legislación › Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón.

Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a la tramitación de los expedientes sancionadores.

Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a la tramitación de los expedientes sancionadores.

Los expedientes sancionadores iniciados al amparo de la legislación anterior continuarán tramitándose con arreglo a la misma hasta su resolución.

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