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Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 18 de enero de 2000 · Último cambio el 16 de febrero de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 2. Régimen para la celebración o práctica de espectáculos públicos y actividades recreativas. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 3. Prohibición y suspensión de espectáculos públicos y actividades recreativas. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 4. Multas coercitivas.
- Artículo 5. Competencias de la Administración autonómica. 4 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Artículo 6. Competencias de los municipios. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 7. Obligaciones especiales y derecho de admisión. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 8. Relaciones entre Administraciones Públicas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Intervención administrativa de los establecimientos públicos. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 10. Condiciones de los establecimientos. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 11. Inspección y control.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Concepto. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 13. Registro de Empresas y Organizaciones de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
- Artículo 14. Obligaciones de las empresas, cargos directivos y empleados. 4 redacciones · cambió el 09/10/2014
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Derechos de los espectadores y asistentes.
- Artículo 16. Obligaciones de los espectadores y asistentes.
- Artículo 17. De las prohibiciones a los espectadores y asistentes.
- CAPÍTULO V
- Artículo 18. Concepto y clasificación de las infracciones.
- Artículo 19. Infracciones muy graves. 4 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 20. Infracciones graves. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 21. Infracciones leves. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 22. Sanciones.
- Artículo 23. Sanciones accesorias. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 24. Personas responsables de las infracciones.
- Artículo 25. Reincidencia y reiteración.
- Artículo 26. Criterios para la imposición de sanciones.
- Artículo 27. Responsabilidad derivada de la infracción.
- Artículo 28. Prescripción y caducidad.
- Artículo 29. Competencia para sancionar. 3 redacciones · cambió el 09/10/2014
- Artículo 30. Tramitación de los procedimientos sancionadores.
- Artículo 31. Medidas provisionales. 2 redacciones · cambió el 24/12/2002
- Artículo 32. Anotación de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Actualización de sanciones.
- Disposición adicional segunda. Cooperación y asistencia a los municipios.
- Disposición adicional tercera. La Comisión de Coordinación de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Disposición transitoria primera. Seguro colectivo de accidentes obligatorio. 2 redacciones · cambió el 24/12/2002
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de los establecimientos públicos.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Espectáculos taurinos.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


