Legislación › Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía.
Artículo 37. Información.
Artículo 37. Información.
Las Cajas de Ahorros con domicilio social en Andalucía, facilitarán a la Consejería de Economía y Hacienda cuanta información y documentación les sea solicitada sobre su actividad, gestión y situación económica.
Igualmente, las Cajas de Ahorros domiciliadas en otras Comunidades Autónomas y que tengan oficinas en Andalucía están obligadas a facilitar a la Consejería de Economía y Hacienda cuanta información se les solicite en relación con las actividades y operaciones realizadas en la Comunidad Autónoma.


