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Legislación › Real Decreto 29/2000, de 14 de enero, sobre nuevas formas de gestión del Instituto Nacional de la Salud.

Disposición adicional tercera. Adaptación de la normativa a los centros que realicen actividades complementarias a las de carácter asistencial.

Disposición adicional tercera. Adaptación de la normativa a los centros que realicen actividades complementarias a las de carácter asistencial.

Cuando se trate de centros y establecimientos del Instituto Nacional de la Salud que realicen actividades de apoyo o complementarias de la atención sanitaria, ya sean de soporte tecnológico o de servicios generales, los fines, órganos de gobierno, dirección y participación contemplados en el presente Real Decreto, se adaptarán en sus estatutos a las peculiaridades propias de la función desarrollada por dichos centros o establecimientos.

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