Legislación › Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre, sobre franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de organismos internacionales, y de modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Disposición adicional segunda. Exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte.
Disposición adicional segunda. Exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte.
La aplicación de las exenciones relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte y a los Estados Parte de dicho Tratado continuarán rigiéndose por lo previsto en el Real Decreto 160/2008, de 8 de febrero, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los artículos 8, 9 y 10 de este Real Decreto.
Se modifica por el art. 6.10 del Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre. BOE-A-2017-15843
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2017-15843 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →


