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Legislación › Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

SECCIÓN 4

Sección 4.ª De la realización por persona o entidad especializada

Se suprime, con efectos de 3 de abril de 2025, por el art. 22.54 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. BOE-A-2025-76

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3 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-76 Leer Qué cambió
8 de enero de 2001 Texto original Leer

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