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Orden de 4 de abril de 2000 por la que se desarrolla el capítulo IV del título IV del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de mercancías por carretera.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Fomento · Publicada el 13 de abril de 2000 · Último cambio el 20 de febrero de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Obligatoriedad de la autorización.
- Artículo 2. Clasificación de los transportes internacionales.
- Artículo 3. Naturaleza de la habilitación genérica para realizar transportes internacionales liberalizados.
- Artículo 4. Naturaleza de la autorización específica.
- Artículo 5. Clases de autorizaciones específicas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Inscripción registral.
- Artículo 7. Requisitos para la inscripción registral.
- Artículo 8. Condiciones de permanencia en el RETIM.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 9. Otorgamiento ordinario de autorizaciones bilaterales.
- Artículo 10. Supuestos especiales de otorgamiento de autorizaciones bilaterales.
- Artículo 11. Devolución de autorizaciones bilaterales.
- Sección 2
- Artículo 12. Otorgamiento de licencias comunitarias (autorizaciones multilaterales de la UE).
- Artículo 13. Suspensión de licencias comunitarias y sus copias.
- Sección 3
- Artículo 14. Otorgamiento de autorizaciones multilaterales del contingente ordinario de la CEMT.
- Artículo 15. Otorgamiento de autorizaciones multilaterales con tránsito libre por Austria del contingente de la CEMT.
- Sección 4
- Artículo 16. Cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda. 2 redacciones · cambió el 06/07/2001
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
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