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Legislación › Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos.

Artículo 19. Organización Nacional de Trasplantes.

Artículo 19. Organización Nacional de Trasplantes.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre. BOE-A-2009-18977

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de noviembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-18977 Leer Qué cambió
5 de enero de 2000 Texto original Leer

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