Legislación › Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos.
Artículo 19. Organización Nacional de Trasplantes.
Artículo 19. Organización Nacional de Trasplantes.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre. BOE-A-2009-18977
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de noviembre de 2009 En vigor | BOE-A-2009-18977 | Leer | Qué cambió |
| 5 de enero de 2000 | Texto original | Leer |


