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Legislación › Ley 1/2001, de 6 de marzo, del Patrimonio Cultural.

Artículo 30. Incumplimiento de requerimientos.

Artículo 30. Incumplimiento de requerimientos.

El incumplimiento injustificado de los requerimientos de la Consejería de Educación y Cultura o, en su caso, de los Ayuntamientos, para el cumplimiento de los deberes de conservación de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Asturias, incluyendo las medidas relativas a la protección de su integridad, supondrá la imposición de multas coercitivas en los términos a que hace referencia el artículo 104 de esta Ley.

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