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Legislación › Real Decreto 660/2001, de 22 de junio, por el que se regula la certificación de las aeronaves civiles y de los productos y piezas relacionados con ellas.

Artículo 3. Competencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Artículo 3. Competencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Corresponde al órgano competente por razón de la materia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea resolver los procedimientos regulados en este real decreto.

Se modifica por la disposición final 1.3 del Real Decreto 728/2022, de 6 de septiembre de 2022. BOE-A-2022-15286

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-15286 Leer Qué cambió
11 de agosto de 2001 Texto original Leer

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